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Reforma laboral en Argentina: todo lo que tenés que saber

En el cierre de 2025, el Poder Ejecutivo presentó en el Congreso un proyecto de reforma laboral que propone actualizar distintos aspectos del régimen de trabajo en Argentina. La iniciativa retoma debates de larga data y plantea modificaciones orientadas a la simplificación administrativa, la reducción de la litigiosidad y la adecuación del marco legal a las dinámicas actuales del empleo.

Dado que se trata de un proyecto en instancia de tratamiento parlamentario, los puntos que se desarrollan a continuación corresponden a los lineamientos generales del texto presentado, y su implementación efectiva dependerá de la aprobación legislativa y de la posterior reglamentación. En este contexto, resulta relevante repasar los principales ejes de la propuesta, especialmente aquellos con impacto directo en la gestión laboral y de recursos humanos.

Reducción de aportes y simplificación administrativa

Uno de los ejes centrales de la reforma es la simplificación administrativa y la reducción de la carga contributiva, con el objetivo de fomentar el empleo registrado y facilitar el cumplimiento de las obligaciones laborales.

En materia de registración, el proyecto propone la eliminación del libro de sueldos y jornales, estableciendo que la registración ante la AFIP/ARCA —o el organismo que en el futuro lo reemplace— será suficiente para acreditar la relación laboral, manteniéndose la obligación de emitir recibos de sueldo. Asimismo, se deroga la planilla horaria prevista en una norma de 1929 y se limitan las disposiciones provinciales o municipales que exijan libros u otros requisitos que contradigan el nuevo régimen legal.

La iniciativa conserva la obligación de guardar la documentación laboral por un plazo de diez años, permitiendo que dicha conservación se realice tanto en formato físico como digital, en línea con los procesos de digitalización ya adoptados por muchas organizaciones.

En cuanto a la carga contributiva, el proyecto contempla una reducción global de las contribuciones patronales, con ejemplos indicativos que prevén una baja desde niveles actuales del 22,4% o 20% a porcentajes del 17,4% o 15%, según los supuestos. En este esquema, se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FALS), al que se destinarían tres puntos porcentuales de las contribuciones, con el objetivo de garantizar el pago de indemnizaciones ante eventuales extinciones del vínculo laboral.

Asimismo, se plantea una reducción de los aportes al régimen de obra social, pasando del seis al cinco por ciento en la propuesta mencionada. Estos beneficios podrían aplicarse tanto a contratos vigentes como a nuevas relaciones laborales, de acuerdo con lo que establezca la reglamentación.

El proyecto también incorpora incentivos para nuevas contrataciones, con un beneficio temporal durante el primer año desde la vigencia de la ley. En particular, se prevé una reducción de contribuciones por hasta 48 meses para la contratación de determinados colectivos —personas sin empleo registrado previo, desempleados por más de seis meses, monotributistas o exempleados del sector público—, con una carga aproximada del 13%, sujeta al cumplimiento de requisitos como el incremento de la dotación histórica.

Finalmente, se incluye un régimen de regularización del empleo no registrado, con un plazo de 180 días desde la entrada en vigencia de la ley. No se trata de un blanqueo, sino de un esquema que prevé el pago de las deudas existentes bajo condiciones facilitadas.

Régimen legal de teletrabajo

Uno de los cambios relevantes del proyecto es la derogación del régimen legal específico de teletrabajo, incorporado en 2020. La iniciativa propone que esta modalidad vuelva a regirse por las disposiciones generales de la Ley de Contrato de Trabajo y por lo que establezcan los convenios colectivos aplicables.

De este modo, el teletrabajo dejaría de contar con un marco normativo autónomo y pasaría a considerarse una forma de organización del trabajo acordada entre las partes. Aspectos como la jornada laboral, la desconexión digital, la provisión de herramientas o la reversibilidad de la modalidad quedarían sujetos a acuerdos individuales o colectivos, dentro de los límites generales de la legislación vigente.

Según los fundamentos del proyecto, el objetivo es evitar rigideces normativas y acompañar una modalidad de trabajo que ya se encuentra ampliamente extendida en múltiples sectores.

Empleador de registro

El proyecto avanza en la consolidación de la figura del empleador de registro, reforzando el principio de que es empleador quien registra la relación laboral, independientemente de que la prestación de tareas se realice en beneficio de un tercero.

Este criterio busca otorgar mayor claridad a esquemas cada vez más frecuentes, como la tercerización de servicios, la contratación de personal a través de empresas especializadas o determinados modelos de organización productiva. En este marco, se introducen precisiones en materia de responsabilidad solidaria, acotando su aplicación cuando la empresa contratante cumple con los deberes de control y verificación de la registración laboral.

La iniciativa apunta a reducir la incertidumbre jurídica y la litigiosidad asociada a la identificación del empleador en estructuras empresariales complejas.

Beneficios y cobertura médica

Otro de los puntos relevantes del proyecto es la clarificación del carácter no remunerativo de determinados beneficios sociales, con el objetivo de reducir interpretaciones judiciales divergentes y brindar mayor previsibilidad a empleadores y trabajadores.

Entre los conceptos alcanzados se incluyen servicios de alimentación, reintegros de gastos, beneficios vinculados al bienestar del trabajador y coberturas médicas adicionales o planes superadores. La propuesta reafirma que estos beneficios no integrarían la base salarial a efectos indemnizatorios ni de aportes, siempre que cumplan con los requisitos legales.

En materia de salud, se habilita expresamente la posibilidad de que el empleador asuma el costo de coberturas médicas complementarias sin que ello sea considerado salario, una práctica extendida en el mercado laboral actual.

Banco de horas

El proyecto incorpora de manera explícita la figura del banco de horas, permitiendo que las horas trabajadas en exceso puedan compensarse con descansos equivalentes en otros períodos, en lugar de abonarse como horas extras.

Este esquema podrá implementarse mediante acuerdos individuales o colectivos y deberá respetar los límites legales en materia de jornada máxima, descansos diarios y descanso semanal. La iniciativa establece la necesidad de que el sistema sea voluntario, transparente y debidamente registrado.

El banco de horas apunta a acompañar modelos de trabajo más flexibles, especialmente en actividades con picos de demanda estacionales o variables.

Vacaciones

En relación con el régimen de vacaciones, el proyecto mantiene los lineamientos generales vigentes, pero introduce mayor margen para el acuerdo entre las partes. Se conserva el período legal de otorgamiento, aunque se habilita expresamente la posibilidad de pactar fechas fuera de ese plazo.

Asimismo, se permite el fraccionamiento de las vacaciones en períodos mínimos, siempre que exista acuerdo entre empleador y trabajador. También se ajustan criterios vinculados a situaciones de enfermedad sobreviniente durante el descanso, estableciendo que las vacaciones no gozadas deberán reprogramarse.

Estas modificaciones buscan compatibilizar las necesidades operativas de las organizaciones con las preferencias individuales de los trabajadores.

Otros lineamientos relevantes del proyecto

Además de los puntos mencionados, la reforma incluye otros aspectos de alcance general, entre los que se destacan: 

Contratos a tiempo parcial y a plazo fijo: se amplían las posibilidades de contratación y se ajustan criterios indemnizatorios.  

Indemnización por antigüedad: se precisan los conceptos que integran la base de cálculo y se habilita, mediante convenio colectivo, la creación de fondos de cese como alternativa.   

Actualización de créditos laborales: se establecen nuevos parámetros para la actualización de montos en juicios laborales, con el objetivo de reducir la incertidumbre económica asociada a los litigios.

Un marco en debate

La reforma laboral propuesta se inscribe en un proceso más amplio de revisión del marco normativo del trabajo en Argentina. Tal como está planteada, busca introducir mayor claridad legal, simplificar procedimientos y adecuar la legislación a un mercado laboral en permanente transformación.

Dado que se trata de un proyecto en tratamiento parlamentario, su contenido definitivo dependerá del debate legislativo y de la reglamentación posterior. El seguimiento de su evolución será clave para comprender su impacto concreto en las relaciones laborales y en la gestión de recursos humanos.

Como especialistas vinculados al mundo del trabajo, desde Bayton seguiremos de cerca cada etapa de este proceso legislativo para mantenerte informado sobre las novedades y el impacto real que esta reforma tendrá en las empresas. 

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